Formación continuada

Escrito por Roger Alier

Esta semana hemos asistido a las jornadas formativas que ofrece CECOT a los asociados sobre el cierre fiscal y contable del ejercicio.

El primer día de formación, abordamos los cambios que afectarán las cuotas de cotización a la seguridad social de los trabajadores autónomos. A partir del año próximo, los trabajadores por cuenta propia que cotizan en este régimen podrán escoger la base de cálculo de su cuota en función a los ingresos que prevean que obtendrán durante todo el ejercicio, regularizando en función de su declaración de renta en caso de que esta previsión difiera de los resultados finales.

A continuación, se trató la implantación del sistema verifactum. Este sistema prevé que, en modo voluntario a partir del segundo semestre de 2023, y obligatoriamente a partir de 2024, los empresarios tendrán que emitir sus facturas en formato electrónico, y trasladar de forma inmediata el detalle de sus facturas a Hacienda, de forma telemática, a fin de que la Agencia Tributaria pueda tener toda la información de sus ventas. Este sistema, a diferencia del SII (Sistema información inmediato) todavía no prevé que se tenga que facilitar la misma información de las facturas recibidas.

El segundo día de formación hemos tratado el cierre contable y fiscal a fondo, primero con la revisión de los principales puntos de la contabilidad, como son las amortizaciones, las periodificaciones y la consideración de subvención que tienen determinados ingresos, muchos de ellos asociados a medidas del gobierno para reducir los efectos económicos derivados de la pandemia. Llegado al cálculo de la base para determinar la cuota del impuesto, también hemos hecho un repaso de los ajustamientos fiscales que hay que tener en cuenta para obtener el resultado de la liquidación, así como el cálculo de las reservas de capitalización y nivelación.

Al final de la jornada, hemos podido abordar el tema de los nuevos impuestos medioambientales, que afectan principalmente las empresas que fabrican plásticos o bien los compran para su producción. A pesar de encontrarse en fase de proyecto de ley, la Agencia Tributaria ya indica que el impuesto entrará en vigor a partir del mes de enero de 2023, que ya se han creado los modelos de impresos 592 para liquidar, y A-22 para pedir la devolución si no procede el pago. En breve, los sujetos pasivos que tengan obligación de liquidar este impuesto tendrán que comunicar sus existencias de materiales (plástico) a la Agencia Tributaria, tramitar el código CIP para poder operar y tener en cuenta que los periodos de liquidación serán paralelos a las liquidaciones del IVA. Toda esta información, no puede considerarse definitiva por qué no se ha publicado la ley le dé carácter oficial, pero desde Agper Economistas y Abogados seguiremos atentos para poder garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de nuestros clientes.

 

AGPER ECONOMISTES I ADVOCATS SLP

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